viernes, 18 de octubre de 2013

7/11 en Gdor. Virasoro, Corrientes: Taller de Actualización de plagas en Eucalyptus ssp y Pinus spp













Taller de Actualización de plagas en Eucalyptus ssp y Pinus spp
7 de noviembre en Gdor. Virasoro, Corrientes.

El SENASA,la Dirección de Producción Forestal y la Dirección de Recursos Forestales de Corrientesinvitan a productores, viveristas, técnicos y a todos aquellos interesados, a participar del Taller de Actualización de plagas en Eucalyptus ssp y Pinusspp.
Día: 7/11/13
Lugar: Salón del Bicentenario ubicado en la avenida San Martin y Lindolfo Saenz (enfrente a Navajas repuestos), Gdor. Virasoro, Corrientes.
Horario: de 7hs a 13hs.


Cronograma de charlas
8:30 hs. Inscripción:
9:00 hs – 10:30 hs. Glycaspis brimblecombei, Thaumastocoris peregrines,Ctenarytaina eucalypti, C. spatulata
10:30 hs – 11:00 hs. Intervalo y café
11:00 hs – 12:00 hs. Leptocybe invasa
12:00 hs - 13:00 hs. Sirex noctilio
Expositores:
Laura Maly (SENASA)
Sonia Penssoti
Raúl Villaverde (Área de Sanidad y Área de Extensión de la Dirección de Producción Forestal del MAGyP)
Natalia Acosta (Área de Sanidad de la Dirección de Producción Forestal del MAGyP)

Confirmar su asistencia al mail virasoroforestal@gmail.como al Teléfono 03756-482800 Interno 33.

martes, 15 de octubre de 2013

ACTUALIZACIÓN DE COSTOS FORESTALES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA


Resolución Nº 415/2013


Bs. As., 15/10/2013

VISTO el Expediente N° S05:0448320/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley N° 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados modificada por su similar N° 26.432 y sus normas complementarias, el Decreto N° 133 de fecha 18 de febrero de 1999, la Resolución N° 281 de fecha 14 de junio de 2012 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo dispuesto por la Ley N° 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados modificada por su similar N° 26.432 y sus normas complementarias, el Decreto N° 133 de fecha 18 de febrero de 1999 y sus resoluciones complementarias, se implementó el Régimen de Promoción de Inversiones para Bosques Cultivados.

Que la citada Ley N° 25.080 en su Título V incorpora un Apoyo Económico no Reintegrable a los Bosques Implantados.

Que la mencionada Ley N° 25.080 en sus Artículos 17 y 18 establece que dicho apoyo económico no reintegrable consistirá en un monto por hectárea variable por zona, especie y actividad forestal, según lo determine la Autoridad de Aplicación y conforme a escalas de porcentajes en función de los costos de plantación y tratamientos silviculturales.

Que en el Artículo 23 de la norma citada en el considerando precedente se estableció que la Autoridad de Aplicación sería la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que en consecuencia, es la actual SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la que debe determinar los costos de las distintas actividades silviculturales, a los fines de la aplicación y pago del apoyo económico no reintegrable.

Que por la Resolución N° 281 de fecha 14 de junio de 2012 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA se aprobaron los costos de implantación y tratamientos silviculturales a los fines del otorgamiento del apoyo económico no reintegrable para los planes presentados durante el año 2010 y sucesivos y para los planes plurianuales cuyas etapas se cumplieran desde dicho año.

Que desde la vigencia de la norma citada en el considerando anterior a la fecha, se han producido cambios de orden económico que implicaron un desfasaje entre los costos establecidos por la mencionada Resolución N° 281/12 y los actuales.

Que el mantenimiento de la vigencia de los mismos implicaría un desaliento a la actividad que actuaría en detrimento de los objetivos de la citada Ley N° 25.080, que es justamente promover las inversiones en bosques implantados.

Que por lo expuesto se hace necesaria una actualización de los costos vigentes a ser aplicados a los fines del pago del apoyo económico no reintegrable.

Que por razones de equidad con los productores en cuanto al otorgamiento del beneficio del referido apoyo económico, corresponde hacer efectiva la actualización de los costos a partir de las presentaciones de planes realizadas desde el 1 de enero de 2011.

Que en atención a las consultas de metodología de costos realizadas en las distintas zonas forestales con la participación de productores y autoridades provinciales se propiciaron nuevas estructuras de costos.

Que por todo lo expuesto es apropiado describir con mayor nivel de detalle la información del esquema de costos de implantación y tratamientos silviculturales tal como se expone en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, separando los datos correspondientes a la implantación en zona de secano de los correspondientes a la implantación en zona de riego.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de lo establecido por el Artículo 23 de la citada Ley N° 25.080 y en el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébanse a los fines exclusivos de la aplicación de la Ley N° 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados modificada por su similar N° 26.432 y sus normas complementarias, los costos de implantación y tratamientos silviculturales, según se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2º — A los fines del otorgamiento del apoyo económico no reintegrable, los costos que se aprueban por el Artículo 1° de la presente resolución tendrán vigencia para los planes presentados para ejecutarse en el año 2011 y sucesivos y para aquellos planes plurianuales cuyas etapas se cumplan desde el año 2011 en adelante.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. LORENZO R. BASSO, Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca.
ANEXO

a) PLANTACION







1.- REFERENCIAS:

BUENOS AIRES Zona serrana: Partidos de Coronel Suárez, Coronel Pringles, Benito Juárez, Saavedra, Tornquist, Azul, Olavarría, Tandil y Balcarce.

BUENOS AIRES Zona atlántica: Faja costera de los Partidos La Costa, Pinamar, Villa Gesell, Mar Chiquita, General Pueyrredón, General Alvarado, Lobería, Necochea, San Cayetano, Tres Arroyos, Dorrego y Monte Hermoso.

CORRIENTES Zona norte: Departamentos de Santo Tomé e Ituzaingó.

CORRIENTES Zona sur: Resto de los departamentos.

DELTA DEL PARANA Y ZONAS RIBEREÑAS DE BUENOS AIRES Y ENTRE RIOS: Partidos y Departamentos que integran la zona Delta del Paraná y la zona ribereña de los Partidos de Magdalena, Berisso, Ensenada, Berazategui y Quilmes de la Provincia de BUENOS AIRES.

MISIONES Zona sur: Departamentos de Capital, Candelaria, Apóstoles, Concepción (Municipio Concepción).

MISIONES Zona norte: Incluye el resto de los Departamentos de la provincia y el resto de los Municipios no enunciados en Misiones Zona sur.

2.- ACLARACIONES

CORTINA:

Se considerará el costo de la densidad mínima excepto en el caso de las zonas bajo riego, que se tomará la densidad máxima; y a los efectos de calcular la superficie se tendrá en cuenta la cantidad de plantas de las densidades citadas como equivalentes a UNA HECTAREA (1 ha).

PLANTACION EN MACIZO CON DENSIDADES INFERIORES A LAS MINIMAS:

Se considerará para aquellas presentaciones aprobadas, el costo de la densidad mínima y a los efectos de calcular la superficie, se tomará la cantidad de plantas de la densidad citada como equivalente a UNA HECTAREA (1 ha) independientemente de la superficie real que ocupe.

OTROS GENEROS:

En caso de realizarse plantaciones con géneros no considerados en la presente resolución y habiéndose aprobado la correspondiente presentación, la Dirección de Producción Forestal de la Dirección Nacional de Producción Agrícola y Forestal de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA determinará el costo aplicando aquél que más se asemeje por sus tareas y valores a los citados en el presente Anexo.

OTROS GENEROS BAJO RIEGO:

En caso de realizarse plantaciones bajo riego con géneros no considerados en la presente resolución y habiéndose aprobado la correspondiente presentación, se aplicarán los costos correspondientes a Populus sp. bajo riego.

En el caso de realizarse plantaciones con salicáceas a napa profunda se considerarán los montos correspondientes a Populus sp. bajo riego.

b) PODA

Se fija un costo para la primera operación (excepto Prosopis sp.) de PESOS UN MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO ($1.545.-) por hectárea para todo el país y se establece como apoyo económico la suma de PESOS UN MIL OCHENTA Y DOS ($1.082.-) por hectárea para todo el país.

Se fija un costo para la primera operación para Prosopis sp. de PESOS DOS MIL SESENTA Y OCHO ($2.068.-) por hectárea para todo el país y se establece como apoyo económico la suma de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO ($1.448.-) por hectárea para todo el país.

Se fija un costo para la segunda operación (excepto Prosopis sp.) de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE ($1.859.-) por hectárea para todo el país y se establece como apoyo económico la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS UNO ($1.301.-) por hectárea para todo el país.

Se fija un costo para la segunda operación para Prosopis sp. de PESOS DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE ($2.767.-) por hectárea para todo el país y se establece como apoyo económico la suma de PESOS UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE ($1.937.-) por hectárea para todo el país.

Se fija un costo para la tercera operación (excepto Prosopis sp.) de PESOS DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO ($2.158.-) por hectárea para todo el país y se establece como apoyo económico la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS ONCE ($1.511.-) por hectárea para todo el país.

Se fija un costo para la tercera operación para Prosopis sp. de PESOS TRES MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO ($3.144.-) por hectárea para todo el país y se establece como apoyo económico la suma de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS UNO ($2.201.) por hectárea para todo el país.

c) RALEO

Se fija un costo de PESOS DOS MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS ($2.196.-) por hectárea para todo el país (excepto Patagonia) y se establece como apoyo económico la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE ($1.537.-) por hectárea para todo el país para cada operación.

Se fija un costo de PESOS DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE ($2.537.-)por hectárea para toda la Patagonia y se establece como apoyo económico la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS ($1.776.-) por hectárea para todo el país para cada operación.

d) MANEJO DE REBROTE

Se fija un costo de PESOS DOS MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS ($2.196.-) por hectárea para todo el país y se establece como apoyo económico la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE ($1.5377.-) por hectárea para todo el país para cada operación.

e) ENRIQUECIMIENTO DE BOSQUE NATIVO

Para áreas con una formación selvática (región fitogeográfica de las yungas) se fija un costo de PESOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO ($9.894.-) por hectárea y se establece como apoyo económico la suma de PESOS SIETE MIL NOVECIENTOS QUINCE ($7.915.-) por hectárea.

Para áreas con una formación selvática (región fitogeográfica paranaense) se fija un costo de PESOS OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA ($8.770.-) por hectárea y se establece como apoyo económico la suma de PESOS SIETE MIL DIECISEIS ($7.016.-) por hectárea.

Para áreas con una formación de bosque chaqueño (región fitogeográfica chaqueña) se fija un costo de PESOS OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO ($8.768.-) por hectárea y se establece como apoyo económico la suma de PESOS SIETE MIL CATORCE ($7.014.-) por hectárea.

Para enriquecimiento de bosque nativo en las demás formaciones se tomará el valor de la especie con la menor densidad.

miércoles, 9 de octubre de 2013

3° Módulo de Capacitación sobre Producción Forestal Sustentable para técnicos de la Subsecretaría de Agricultura Familiar de Misiones



La Dirección de Producción Forestal (DPF) dependiente de la Secretaría de Agricultura del MAGyP, a través de su Área de Extensión Forestal, ha acordado con la Subsecretaría de Agricultura Familiar Delegación Misiones, la capacitación de sus técnicos/as que trabajan brindando asistencia y apoyo técnico a los pequeños productores en toda la provincia. El objetivo de la capacitación es “lograr que los técnicos de la SSAF Delegación Misiones, adquieran y actualicen conocimientos sobre manejo forestal sustentable y conservación de la biodiversidad para aplicarlo en su trabajo cotidiano con los agricultores familiares”.
El Programa de Capacitación, que constó de 3 módulos de un día y medio de duración cada uno, fue organizado por la Ing. Agr. Mónica Catania, responsable de capacitaciones del Área de Extensión de la DPF, con la colaboración de los Técnicos Regionales para Misiones, ingenieros López, D´ Angelo y Falconier. Con el título “Legislación y Sistemas Agro-silvopastoriles”, los días 8 y 9 de octubre se llevó a cabo el 3°módulo de capacitación en la localidad de Apóstoles.

Primera jornada
Luego de la apertura y ronda de presentaciones de los asistentes, la Ing. Ftal. Marita Pasculli -Jefa del Dpto. Promoción de Bosques Nativos de la Dirección de Manejo Sustentable del Ministerio de Ecología de la Provincia de Misiones- presentó la legislación nacional (Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos Nº 26.331) y los cambios en relación a la Ley N° 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados, en su artículo 4º. Hizo referencia a las leyes provinciales anteriores al año 2010, cuando fue sancionada la Ley que aprueba el Ordenamiento Territorial. A partir de 2010 dos resoluciones aprueban los formularios para la presentación de planes de cambio de uso de suelo, de conservación y manejo forestal y sus formas de evaluación.
Posteriormente se refirió a las categorías del ordenamiento:
 
Y en el caso de Misiones:
 
Luego, explicó los requisitos y formularios para presentar planes de enriquecimiento de bosque nativo, que puede ser financiada por ambas leyes, la N° 26.331 y la N° 25.080.
La segunda exposición estuvo a cargo de Daniela García, técnica del Área Ambiental de la Dirección de Producción Forestal del MAGyP. Explicó las generalidades de la Ley N° 25.080 (y su prórroga la Ley N° 26.432), los beneficios económicos que otorga la Ley para pequeños productores de acuerdo al tipo de actividad solicitada y a los costos aprobados por resolución para aquellas realizadas a partir del año 2011. Hizo referencia al circuito de presentación de los planes ante la Autoridad Provincial de Aplicación (Ministerio del Agro), donde deberá también presentarse la Solicitud de Inspección emitida por el productor entre los 10 a 16 meses de llevada a cabo la actividad, la posterior inspección que realiza la provincia para certificar que la misma está lograda y luego envía a la DPF para que emita la orden de pago al productor.
Comentó que a partir del próximo año, entrará en vigencia el nuevo Régimen de beneficios para Pequeños Productores con características diferenciales. Este régimen remplaza al de “Pequeños Productores Agrupados” y para acceder, los productores deberán estar inscriptos en el Registro Nacional de la Agricultura Familiar (RENAF). Podrán presentar planes de forestación de hasta 5 ha anuales y 15 ha de poda y raleo, pudiendo percibir un 50% de adelanto.
Luego, explicó con mayor detalle la vinculación entre la Ley N° 26.331 y la Ley N° 25.080  y los nuevos pasos y requisitos para la presentación y evaluación de los planes de enriquecimiento de bosque nativo.
Ambas presentaciones dieron lugar a un rico intercambio con los participantes.
Por la tarde comenzó el bloque sobre Sistemas Silvopastoriles (SSP). El Ing. Agr. Fabián Espindola de la AER INTA Apóstoles, expuso sobre organización de SSP y agroforestales, desde la conceptualización de este sistema, su ciclo, las interacciones que se producen entre sus componentes. Se refirió luego, a las especies forestales más utilizadas en Misiones, sus características y condiciones de plantación y manejo para permitir contar con madera de buena calidad y forraje para pastoreo. Por último, presentó cuadros comparativos de tasas de productividad en rodeos manejados en SSP vs. Sistema tradicional, observándose una ganancia superior en SSP.
La última charla de la jornada, estuvo a cargo del Vet. German Zehentner, quien expuso sobre cómo hacer más eficiente la producción de carne bovina. Comentó las ventajas de algunas tecnologías de proceso y de insumo. Se refirió en primer lugar al servicio estacionado en rodeos de cría, para lo cual utilizó gráficos de distintos establecimientos que demostraban el incremento en los índices de productividad con servicio estacionado en primavera en distintas zonas de la provincia y de Corrientes. Por último, comentó datos de productividad ganadera de Misiones en comparación con otras provincias, la distribución de los productores por tamaño y realizó algunas consideraciones para hacer más eficiente la producción ganadera misionera, tanto a cielo abierto como con SSP.
Luego de agradecer a los cuatros expositores, se dio por finalizada la primer jornada.

Segunda jornada
El segundo día se realizó la salida a campo. Acompañados por el Ing. Fabián Espindola de la AER INTA Apóstoles, se visitó la chacra del Sr. Luis Litwyn, quien participó como expositor en el 1° Módulo de esta capacitación. Posee 90 ha, de las cuales la mitad tiene piedra en superficie. Se observaron lotes de Grevillea, raleados y podados y actualmente en consociación con pasto jesuita gigante en sistema silvopastoril. Produce también avena entrelíneas de la plantación, la que luego ensila para suplementar en el bache invernal. El productor maneja un rodeo de cría y recría sus terneros. En los últimos años incorporó Eucalyptus sp., que tiene ventajas con respecto a la Grevillea. También ordenó su rodeo lo que le está permitiendo mayores índices de productividad y eficiencia.
Luego se visitó la chacra de Mario Vialey, un productor medio tiempo (es el actual intendente de Apóstoles), allí se observaron lotes de Eucalyptus y el comportamiento de  distintas variedades de  Brachiaria sp. y en otros con Jesuita gigante. Se comentó que se probaron distintas formas de siembra de la pastura como también el manejo de la RFA a través de la poda y el raleo de los árboles.

Para finalizar, se destacó la participación del Ing. Espindola por su predisposición y claridad al mostrar los registros históricos de producción en ambas chacras.

Aprovechamos para agradecer especialmente al Intendente de Apóstoles y al personal del Municipio, por toda la colaboración brindada y el excelente trato recibido.

Fuente: Área de Extensión de la Dirección de Producción Forestal del MAGyP.